FISCALES

Artículo V.2o.P.A. J/6 A (10a.). DOCUMENTO DE ELECCIÓN PREVISTO EN EL REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE OPCIÓN QUE TIENEN LOS TRABAJADORES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS QUINTO Y SÉPTIMO TRANSITORIOS DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. SU COPIA CERTIFICADA EXHIBIDA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL CONSTITUYE UN INDICIO CON EFICACIA PROBATORIA PARA ACREDITAR LA ELECCIÓN DEL RÉGIMEN PENSIONARIO DEL TRABAJADOR.

Jurisprudencia · Undécima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

DOCUMENTO DE ELECCIÓN PREVISTO EN EL REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE OPCIÓN QUE TIENEN LOS TRABAJADORES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS QUINTO Y SÉPTIMO TRANSITORIOS DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. SU COPIA CERTIFICADA EXHIBIDA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL CONSTITUYE UN INDICIO CON EFICACIA PROBATORIA PARA ACREDITAR LA ELECCIÓN DEL RÉGIMEN PENSIONARIO DEL TRABAJADOR.

De los artículos 2, fracción VII, 3, 4, 5 y 6 del Reglamento para el Ejercicio del Derecho de Opción que tienen los Trabajadores de conformidad con los Artículos Quinto y Séptimo Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se advierte que el documento de elección constituye el medio para que el interesado manifieste su voluntad para ejercer la opción prevista en los transitorios citados sobre el régimen de jubilación al que desea sujetarse para los efectos de la nueva ley. En ese contexto, la copia certificada del documento de elección exhibida en el juicio contencioso administrativo federal por la autoridad demandada adscrita al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), que cumple con los requisitos del precepto 26 del señalado reglamento, constituye un indicio con eficacia probatoria y es apto para acreditar la elección de la quejosa respecto del régimen pensionario que más convino a sus intereses.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL QUINTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2023454

Clave: V.2o.P.A. J/6 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [J]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Agosto de 2021; Tomo V; Pág. 4664

Precedentes

Amparo directo 43/2020. 26 de noviembre de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Óscar Javier Sánchez Martínez. Secretario: Julio César Echeverría Morales.Amparo directo 49/2020. 26 de noviembre de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Guillermo Bayliss Verdugo, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos de los artículos 26, párrafo segundo y 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 40, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales. Secretario: Julio César Echeverría Morales.Amparo directo 50/2020. 26 de noviembre de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Guillermo Bayliss Verdugo, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos de los artículos 26, párrafo segundo y 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 40, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales. Secretario: Julio César Echeverría Morales.Amparo directo 55/2020. 26 de noviembre de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Óscar Javier Sánchez Martínez. Secretario: Julio César Echeverría Morales.Amparo directo 276/2019. 27 de enero de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Guillermo Bayliss Verdugo, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos de los artículos 26, párrafo segundo y 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 40, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales. Secretario: Julio César Echeverría Morales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo V.2o.P.A. J/6 A (10a.) del FISCALES?

Jurisprudencia · Undécima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo V.2o.P.A. J/6 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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