Tesis aislada · Undécima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Hechos: Las quejosas, en representación de su hijos menores de edad, promovieron juicio de amparo indirecto contra la omisión de proporcionar la vacuna contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en nuestro país, a los menores de doce a diecisiete años de edad, y solicitaron que se concediera la suspensión para el efecto de que se vacunara a la brevedad posible a sus menores hijos, ante el regreso a actividades académicas presenciales. El Juez de Distrito la negó, al considerar que con su concesión se vulneraría el orden público y el interés social; inconformes, interpusieron recurso de queja.Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que procede conceder la suspensión provisional contra la falta de aplicación de la vacuna Pfizer/BioNTech a menores de doce a diecisiete años de edad, derivado de la "Política Nacional de vacunación contra el virus SARS-CoV-2, para la prevención de la COVID-19 en México", por no causarse perjuicio al interés social ni contravenirse disposiciones de orden público, al tener sustento en opiniones de expertos. Justificación: Lo anterior, porque la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 154/2005-PS, sostuvo que en los procesos de toma de decisiones, los avances de la ciencia y la tecnología que pueden presentarse a través de las opiniones de expertos, son indispensables para ayudar a los Jueces a comprender cuestiones que exceden su campo de conocimiento. Así, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) a partir del 26 de noviembre de 2020, revisó, evaluó y dictaminó la documentación relativa para la autorización sanitaria por uso de emergencia de la vacuna. Al respecto, el Comité de Moléculas Nuevas (CMN) sesionó el 11 de diciembre de 2020, donde sus 24 miembros votaron y emitieron una opinión favorable, de forma unánime, para su uso de emergencia. Asimismo, dicho comité y el Subcomité de Evaluación de Productos Biotecnológicos (SEPB) sesionaron el 11 de junio de 2021 para emitir una opinión técnica sobre la ampliación del grupo etario a partir de los doce años de edad, para la aplicación de la vacuna BNT162b2 (Pfizer-BioNTech COVID19 vaccine), la cual recibió una opinión favorable por unanimidad. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2023920
Clave: XVII.1o.P.A.7 A (11a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Diciembre de 2021; Tomo III; Pág. 2285
Queja 231/2021. 8 de octubre de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: José Martín Hernández Simental. Secretaria: Rosalba Salazar Luján.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. PC.XXX. J/3 A (11a.). RECURSO DE REVISIÓN EN EL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN. EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONERLO CONTRA LA INTERLOCUTORIA QUE CONCEDIÓ LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA, RESPECTO DE LAS CONSECUENCIAS Y APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 12 DEL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PENSIONES DE LOS TRABAJADORES SUJETOS AL RÉGIMEN DEL ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADO
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Art. P./J. 8/2021 (11a.). SENTENCIA GENÉRICA. NO ES VÁLIDA PARA RESOLVER DISTINTOS JUICIOS DE AMPARO DESVINCULADOS ENTRE SÍ, AUNQUE LA TEMÁTICA PUEDA SER SIMILAR.
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