Los ingresos por jubilaciones deben cuantificarse de la manera más favorable para las personas adultas mayores pensionadas o jubiladas, previa deducción de la exención prevista en la ley. Esto busca proteger a este grupo vulnerable.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. LOS INGRESOS OBTENIDOS POR CONCEPTO DE JUBILACIONES, QUE CONSTITUYEN LA BASE GRAVABLE DEL MISMO, PREVIA DEDUCCIÓN DE LA EXENCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 93, FRACCIÓN IV, DE LA LEY DE LA MATERIA, DEBEN CUANTIFICARSE DE LA MANERA QUE RESULTE MÁS FAVORABLE A LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES PENSIONADAS O JUBILADAS.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los contadores deben estar atentos a las disposiciones fiscales que afectan a los jubilados, asegurando que se apliquen correctamente las deducciones y exenciones. Esto puede resultar en un ahorro significativo para los contribuyentes de la tercera edad.
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