FISCALES

Artículo IUS 800007. CONFESION FICTA DESVIRTUADA. CARECE DE VALOR PROBATORIO.

Tesis aislada · Octava Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

CONFESION FICTA DESVIRTUADA. CARECE DE VALOR PROBATORIO.

Si la confesión ficta de la demandada está en contradicción con una documental que obra en autos, en la que se asientan datos contrarios a los que se contrae la confesión, significa que ésta queda desvirtuada con el referido documento, por lo que carece de valor probatorio; en consecuencia, no se infringen garantías si la autoridad responsable no toma en cuenta dicha confesión.

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Registro digital (IUS): 800007

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 401

Precedentes

Amparo directo 2738/87. Antonio Guzmán Bravo y otros. 14 de enero de 1988. 5 votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Jorge Fermín Rivera Quintana.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800007 del FISCALES?

Tesis aislada · Octava Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800007 de la J. Fiscales SCJN?

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