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Artículo V.2o.5 A . TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. SUS SENTENCIAS DEBEN EXAMINAR INTEGRAMENTE LOS CONCEPTOS DE NULIDAD.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. SUS SENTENCIAS DEBEN EXAMINAR INTEGRAMENTE LOS CONCEPTOS DE NULIDAD.

Los artículos 237 y 238, fracción II, del Código Fiscal de la Federación, disponen que las sentencias del Tribunal Fiscal se fundarán en derecho y examinarán todos y cada uno de los puntos controvertidos del acto impugnado y que una resolución administrativa es ilegal, cuando se demuestre la omisión de los requisitos formales exigidos por las leyes, que afecte las defensas del particular y trascienda al sentido de la resolución impugnada, inclusive la ausencia de fundamentación y motivación en su caso. Por ello, si una sentencia del mencionado tribunal, omite resolver un punto de controversia, que cuestiona la falta de fundamentación y motivación de la resolución combatida, resulta violatoria de tales preceptos.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 800036

Clave: V.2o.5 A

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Julio de 1991; Pág. 232

Precedentes

Amparo directo 212/91.- Fianzas Monterrey, S. A.- 26 de junio de 1991.- Unanimidad de votos.- Ponente: Pablo Antonio Ibarra Fernández.- Secretario: Abdón Ruiz Miranda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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