FISCALES

Artículo IUS 800171. PRUEBAS, DESECHAMIENTO DE LAS. NO CAUSA AGRAVIO CUANDO SE RELACIONAN CON EL FONDO Y DEBE SOBRESEERSE EL JUICIO.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PRUEBAS, DESECHAMIENTO DE LAS. NO CAUSA AGRAVIO CUANDO SE RELACIONAN CON EL FONDO Y DEBE SOBRESEERSE EL JUICIO.

No causa agravio alguno la decisión de un Juez de Distrito que desecha pruebas relacionadas con el fondo del asunto, cuando tiene la convicción, sobre base sólida, de que el juicio de garantías habrá de ser sobreseído al dictarse la resolución definitiva y el Tribunal que conoce de la revisión advierte que el sobreseimiento impugnado es correcto.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 800171

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 548

Precedentes

Amparo en revisión 252/88. Julio César Muñiz Posada y otros. 12 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Antonieta Azuela de Ramírez. Secretario: Francisco de Jesús Arreola Chávez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800171 del FISCALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800171 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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