FISCALES

Artículo IUS 800383. PERSONALIDAD, DEBE ESTUDIARSE DE OFICIO EN EL AMPARO EN REVISION.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PERSONALIDAD, DEBE ESTUDIARSE DE OFICIO EN EL AMPARO EN REVISION.

Si de los autos que envió el a quo para la sustanciación del recurso de revisión se advierte que no aparece que el impugnante se le haya reconocido el carácter de autorizado para oír notificaciones en nombre de la parte agraviada, con el que se ostenta, resulta indudable que el mismo carece de personalidad para hacer valer tal recurso, que debe desecharse. Esto es así, porque siendo la personalidad una cuestión de derecho público, siempre debe ser examinada de oficio, aun cuando ya esté el expediente en revisión.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 800383

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 475

Precedentes

Improcedencia 155/88. Rosario Ortega González. 4 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Secretario: Francisco Broissin Ramos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800383 del FISCALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800383 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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