FISCALES

Artículo IUS 800668. AMPARO IMPROCEDENTE POR SER PRESENTADO FUERA DE TERMINO.

Tesis aislada · Séptima Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

AMPARO IMPROCEDENTE POR SER PRESENTADO FUERA DE TERMINO.

Cuando una demanda de amparo es presentada fuera del término a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Amparo, debe reputarse que el actor consintió tácitamente el acto reclamado, por lo que, en términos de la fracción XII del artículo 73 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, el juicio de amparo es improcedente, y cuando esta circunstancia es advertida por la Sala que conoce del propio juicio, debe sobreseerlo.

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Registro digital (IUS): 800668

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 27, Quinta Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 2005/70. Genaro de la Campa Palacios. 25 de marzo de 1971. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800668 del FISCALES?

Tesis aislada · Séptima Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800668 de la J. Fiscales SCJN?

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