FISCALES

Artículo IUS 801083. DOCUMENTOS PRESENTADOS EXTEMPORANEAMENTE. FACULTAD DEL JUZGADOR PARA TOMARSE EN CUENTA.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

DOCUMENTOS PRESENTADOS EXTEMPORANEAMENTE. FACULTAD DEL JUZGADOR PARA TOMARSE EN CUENTA.

Si el tribunal responsable invocó para tomar en cuenta unos documentos presentados extemporáneamente, determinados preceptos del Código de Procedimientos Civiles que facultan al juzgador para valerse de cualquier cosa o documento para conocer la verdad sobre los puntos comprometidos, debe estimarse que no existe violación al respecto porque independientemente de los preceptos invocados por el quejoso, el juzgador está facultado para tomar en cuenta dicha prueba en los términos de los artículos que citó en el fallo reclamado.

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Registro digital (IUS): 801083

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Cuarta Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo directo 2021/59. Francisco Torres Juárez. 8 de enero de 1960. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Sexta Epoca, Cuarta Parte:Volumen XIII, página 204. Amparo directo 6236/57. Manuel Garay Jr. 16 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.Nota: En el Volumen XIII, página 204, esta tesis aparece bajo el rubro "DOCUMENTOS, PRESENTACION DE.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801083 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801083 de la J. Fiscales SCJN?

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