Tesis aislada · Sexta Época · Pleno
Aun cuando las responsables confiesen la expedición, promulgación, refrendo y publicación de los ordenamientos legales combatidos en el amparo, si dichas disposiciones no se atacan con motivo de su expedición, sino en cuanto a su aplicación, resulta que de no existir tal aplicación, dichos preceptos legales no afectan los intereses jurídicos del quejoso.
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Registro digital (IUS): 801339
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXI, Primera Parte; Pág. 71
Amparo en revisión 4687/57. Abraham Nájera y coagraviados. 3 de marzo de 1959. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. 1a. CCLXVI/2012 (10a.). COMPETENCIA ECONÓMICA. EL ARTÍCULO 35, FRACCIÓN IX, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, NO PREVÉ UNA PENA TRASCENDENTAL VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 22 CONSTITUCIONAL.
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Art. III.2o.A.26 A (10a.). COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA DEMANDA DE AMPARO PROMOVIDA CONTRA LA ORDEN DE CAMBIO DE MENORES DE UN ALBERGUE A OTRO EMITIDA POR EL CONSEJO ESTATAL DE FAMILIA DE JALISCO. CORRESPONDE A UN JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.
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