Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si lo que esencialmente reclama el quejoso, es que hubo exceso en la ejecución de una primera sentencia de amparo, este aspecto no debe combatirse por medio de otro amparo directo, sino en vía de queja, de conformidad con los artículos 95, fracción IX y 97, fracción III, de la Ley de Amparo y, por tanto, existe el motivo de improcedencia a que se refiere la fracción XVIII del artículo 73 de la propia ley, por lo que debe decretarse el sobreseimiento con fundamento en el artículo 74, fracción III, de la misma.
---
Registro digital (IUS): 801494
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 154
Amparo directo 1688/60. Elías Blancas Cortés. 26 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.Sexta Epoca, Segunda Parte:Volumen XXXVI, página 88. Amparo directo 1042/60. Estela Gómez de Rizo. 29 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.Nota: En el volumen XXXVI, esta tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIA DE AMPARO. EXCESO DE EJECUCION. AMPARO Y QUEJA.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 801493. SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE, INCOMPETENCIA DE LA, PARA CONOCER DE LOS INCIDENTES DE INEJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
Siguiente
Art. VI.3o.A.15 A (10a.). PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EL ARTÍCULO 58-13 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL PERMITIR QUE LA SENTENCIA DEL JUICIO DE NULIDAD TRAMITADO EN LA VÍA SUMARIA SE DICTE POR EL MAGISTRADO INSTRUCTOR Y NO EN FORMA COLEGIADA, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo