Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
El artículo 11 del Reglamento para Expendios de Pulque en el Distrito Federal previene que los propietarios de esos giros podrán traspasarlos previa autorización del Departamento del Distrito Federal. Por tanto, y aunque las responsables estén enteradas del traspaso, es cierto que mientras dichas autoridades no hagan el movimiento concerniente, que no es otro que aprobar el traspaso y declararlo operante en favor del adquirente, sigue teniendo interés jurídico el traspasante como todavía titular de la licencia primordial de funcionamiento del giro traspasado, para promover el juicio de garantías contra la orden de clausura que, por falta de licencia referente al giro traspasado, emitieron las responsables.
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Registro digital (IUS): 801823
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Tercera Parte; Pág. 87
Amparo en revisión 5508/64. Evangelina Carranza de Trejo y otra. 3 de junio de 1965. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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