Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
La cuantificación de una multa impuesta en razón directa del monto de las obras de urbanización, y, por ende, con vista también a lo que dispone el artículo 420 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, que es un ordenamiento de naturaleza esencialmente fiscal, da la consecuencia de que la multa participe de la misma característica y por ello se comprenda dentro del supuesto previsto en la fracción III del artículo 160 del Código Fiscal de la Federación.
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Registro digital (IUS): 802069
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Tercera Parte; Pág. 54
Revisión fiscal 95/59. Margarita Solomón de González. 21 de enero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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