Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
El Cuerpo Consultivo Agrario no tiene el carácter de autoridad, pues se trata de un órgano de consulta que no posee los atributos propios de autoridad.
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Registro digital (IUS): 802358
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Tercera Parte; Pág. 11
Amparo en revisión 4450/58. Elpidio Martínez Ramos y coagraviados. 24 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 802356. AMPARO IMPROCEDENTE. QUEJA.
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