Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
De acuerdo con el artículo 20 de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, el hotel con restaurante causa dicho impuesto por el total de sus ingresos provenientes del hospedaje en su hotel, pero existiendo la salvedad de lo dispuesto en el artículo 17 fracción III, inciso b), de la misma ley, solamente causa el 50% de los ingresos obtenidos en su restaurante. Esto es, si se lleva por separado las cuentas de su restaurante, del hotel y de los ingresos gravados, semigravados y exentos, no está obligada a pagar el impuesto sobre el 100% de sus ingresos obtenidos en el restaurante. Sin que obste según reforma introducida en el año de 1953, se agregó la expresión "o se dé hospedaje" en la redacción del citado artículo 20, porque la excepción contenida en la parte final del mismo precepto, ampara también a aquellos negocios en los cuales se da hospedaje.
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Registro digital (IUS): 802381
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Tercera Parte; Pág. 49
Revisión fiscal 146/58. Hospederías y Turismo, S. A. de C. V. 8 de septiembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.Amparo en revisión 4583/57. Hotel del Norte, S. A. 11 de septiembre de 1958. Cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Sexta Epoca, Tercera Parte:Volumen X, página 44. Revisión fiscal 381/57. Regiomontana de Hoteles, S. A. 17 de abril de 1958. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.Volumen IX, página 71. Revisión fiscal 304/57. Hoteles de Acapulco, S. A. 13 de marzo de 1958. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.Nota: En el Volumen X, página 44, esta tesis apareció bajo el rubro "INGRESOS MERCANTILES. RESTAURANTES Y HOTELES.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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