Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Aun cuando el quejoso, en el capítulo de conceptos de violación de su demanda de amparo, no señale ninguna de las disposiciones que estima violatorias, considerando que la máxima suplencia de los conceptos de agravio se traduce en no expresar ninguno, la Primera Sala de la Corte puede hacer el estudio de la sentencia reclamada, para establecer si la autoridad responsable, en el fallo combatido, alteró los hechos, o violó las normas reguladoras de la prueba o las leyes del raciocinio.
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Registro digital (IUS): 802813
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 174
Amparo directo 819/57. José Martínez Reyes. 17 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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