FISCALES

Artículo IUS 802813. SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO.

Aun cuando el quejoso, en el capítulo de conceptos de violación de su demanda de amparo, no señale ninguna de las disposiciones que estima violatorias, considerando que la máxima suplencia de los conceptos de agravio se traduce en no expresar ninguno, la Primera Sala de la Corte puede hacer el estudio de la sentencia reclamada, para establecer si la autoridad responsable, en el fallo combatido, alteró los hechos, o violó las normas reguladoras de la prueba o las leyes del raciocinio.

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Registro digital (IUS): 802813

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 174

Precedentes

Amparo directo 819/57. José Martínez Reyes. 17 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802813 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802813 de la J. Fiscales SCJN?

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