FISCALES

Artículo IUS 803024. ACTOS FUTUROS.

Tesis aislada · Séptima Época · Pleno

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Texto Legal

ACTOS FUTUROS.

No pueden considerarse así, para los efectos del sobreseimiento en el amparo, los que ya tienen una existencia indudable y carecen sólo de algunos requisitos de forma.

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Registro digital (IUS): 803024

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 54, Primera Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo en revisión 7003/56. Martín Medina y coagraviados. 12 de junio de 1973. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.Quinta Epoca:Tomo XVIII, página 1255. Amparo administrativo en revisión 1620/24. Rivera Río José. 18 de junio de 1926. Mayoría de nueve votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, tesis 22 y 23, páginas 42 y 45 respectivamente, bajo los rubros "ACTOS FUTUROS. NO LO SON LOS INMINENTES." y "ACTOS FUTUROS Y ACTOS PROBABLES.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803024 del FISCALES?

Tesis aislada · Séptima Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803024 de la J. Fiscales SCJN?

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