FISCALES

Artículo IUS 803036. EXPROPIACION. LA GARANTIA DE AUDIENCIA NO RIGE EN MATERIA DE (LEY DE EXPROPIACION DEL ESTADO DE MICHOACAN DE 15 DE MARZO DE 1964)

Tesis aislada · Séptima Época · Pleno

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Texto Legal

EXPROPIACION. LA GARANTIA DE AUDIENCIA NO RIGE EN MATERIA DE (LEY DE EXPROPIACION DEL ESTADO DE MICHOACAN DE 15 DE MARZO DE 1964)

En materia de expropiación, no rige la garantía de previa audiencia consagrada en el artículo 14 de la Constitución Federal, porque ese requisito no está comprendido entre los que señala el artículo 27 de la propia Carta Magna y no puede admitirse que exista contradicción entre las disposiciones contenidas en ambos preceptos, por ser evidente que el primero de ellos establece una regla general para derechos subjetivos, mientras que el segundo, ampara garantías sociales, que por su propia naturaleza, están por encima de los derechos individuales a los que restringe en su alcance liberal, en términos del artículo 1o. de la propia Ley Fundamental.

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Registro digital (IUS): 803036

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 31, Primera Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo en revisión 4930/65. Pedro Ruiz Reyes y coagraviados. 6 de julio de 1971. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.Séptima Epoca, Primera Parte:Volumen 30, página 19. Amparo en revisión 5498/69. Vicente Celis Jiménez. 29 de junio de 1971. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Mariano Azuela.Volumen 29, página 25. Amparo en revisión 4320/70. Alicia Ortega viuda de Herrejón. 4 de mayo de 1971. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen XCVI, página 29. Amparo en revisión 2805/62. Compañía Eléctrica de Sinaloa, S.A. 22 de junio de 1965. Unanimidad de quince votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "EXPROPIACION EN MICHOACAN. LA GARANTIA DE AUDIENCIA NO RIGE EN MATERIA DE.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803036 del FISCALES?

Tesis aislada · Séptima Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803036 de la J. Fiscales SCJN?

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