FISCALES

Artículo IUS 803254. REGISTRO. TERCEROS DE BUENA FE.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

REGISTRO. TERCEROS DE BUENA FE.

Los terceros que hayan adquirido de persona que indebidamente apareciera como dueña en los asientos del registro, no pueden alegar buena fe si no hay sucesión de transmitentes que acredite que esa persona de quien adquirieron había, a su vez, adquirido de quien tenía legítimo derecho.

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Registro digital (IUS): 803254

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Cuarta Parte; Pág. 87

Precedentes

Amparo directo 5696/59. Benjamín Montaño Pérez. 9 de marzo de 1961. Cinco votos. Ponente: Alberto R. Vela.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803254 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803254 de la J. Fiscales SCJN?

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