Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
Siendo la prueba pericial colegiada, si sólo dictaminó un perito que no ha sido designado de común acuerdo por las partes ni es su rebeldía por el Juez, evidentemente que esa prueba no se perfecciona y por tanto carece de valor probatorio pleno.
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Registro digital (IUS): 803862
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Cuarta Parte; Pág. 108
Amparo directo 12/61. Domingo H. Tamez, sucesión. 21 de febrero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: José López Lira.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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