FISCALES

Artículo IUS 803915. REVISION FISCAL, AGRAVIOS EN LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

REVISION FISCAL, AGRAVIOS EN LA.

Son inoperantes los agravios, para los efectos de la revisión fiscal, cuando el recurrente no hace sino reproducir, casi en términos textuales, los conceptos expuestos en su demanda, que ya hayan sido examinados y declarados sin fundamento por la Sala a quo, si no expone argumentación alguna para impugnar la legalidad de la sentencia de dicha Sala, mediante la demostración de violaciones a la ley de fondo o forma, en que incurra tal sentencia, puesto que no reúnen los requisitos que la técnica jurídico procesal señala para el efecto, y deben desecharse y, en consecuencia, confirmarse en todas sus partes el fallo recurrido.

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Registro digital (IUS): 803915

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2307

Precedentes

Revisión fiscal 121/54. Chapas y Triplay, S.A. 21 de septiembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803915 del FISCALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803915 de la J. Fiscales SCJN?

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