FISCALES

Artículo IUS 803987. PLUSVALIA, IMPUESTO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

PLUSVALIA, IMPUESTO DE.

Lo relativo al impuesto de plusvalía o mejora específica de la propiedad, no puede regirse por lo establecido en el artículo 421 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, vigente en la fecha de la demanda (Diario Oficial de 31 de diciembre de 1945, fojas 27), porque este precepto establece que "las obras a que se hace mención en el artículo 417" funcionan en relación con este último dispositivo legal, mismo que disipa cualquiera duda respecto a que sólo rige para los derechos de cooperación y no para el impuesto de plusvalía, cuando prescribe que "los propietarios de predios ubicados en el Distrito Federal están obligados a cooperar, en los términos de la presente ley, en la construcción y reconstrucción de obras públicas de pavimentación, embanquetamiento, alumbrado público, captación, conducción y distribución de aguas potables, alcantarillado y desagüe, colectores y subcolectores, túneles y entubación de las aguas de los ríos y arroyos".

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Registro digital (IUS): 803987

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 657

Precedentes

Revisión fiscal 61/49. Tesorería del Distrito Federal (Bustos Manuel). 2 de febrero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del Ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803987 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803987 de la J. Fiscales SCJN?

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