FISCALES

Artículo IUS 804023. TRIBUNAL FISCAL, AUTONOMIA DEL, EN SUS RESOLUCIONES (CIRCULARES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA).

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

TRIBUNAL FISCAL, AUTONOMIA DEL, EN SUS RESOLUCIONES (CIRCULARES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA).

La interpretación de las leyes fiscales que la Secretaría de Hacienda establece en los términos del artículo 10 del Código Fiscal de la Federación, sólo es obligatoria para los órganos de la misma secretaría, pero en manera alguna para el Tribunal Fiscal de la Federación; la autonomía de este tribunal y la necesidad jurídica de que sus fallos sean fundados en ley, implican la atribución al propio organismo de la facultad de calificar, con la autoridad de cosa juzgada inherente a su sentencia, si la interpretación de la Secretaría de Hacienda es o no conforme a la ley.

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Registro digital (IUS): 804023

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 712

Precedentes

Revisión fiscal 203/51. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Compañía Jabonera de Tampico, S. A.). 2 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Mariano Azuela.Quinta Epoca:Tomo CXXIII, página 795. Revisión fiscal 374/51. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Jiménez Hermanos, Sucesores). 10 de febrero de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.Tomo CXXIII, página 536. Revisión fiscal 62/50. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (La Enseñanza Objetiva, S. A.). 27 de enero de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.Tomo CXXIII, página 537. Revisión fiscal 62/50. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (La Enseñanza Objetiva, S. A.). 27 de enero de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.Tomo CXXII, página 1491. Revisión fiscal 340/53. Secretaria de Hacienda y Crédito Público (Aguirre de la Fuente Gerónimo). 26 de noviembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Mariano Azuela.Nota: En el Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo CXXIII, páginas 537 y 795, esta tesis aparece publicada bajo el rubro "LEYES FISCALES, INTERPRETACION DE LAS, POR LA SECRETARIA DE HACIENDA."; y en el Tomo CXXII, con el rubro "LEYES FISCALES, OBLIGATORIEDAD DE LA INTERPRETACION QUE DE ELLAS HACE LA SECRETARIA DE HACIENDA.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804023 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804023 de la J. Fiscales SCJN?

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