FISCALES

Artículo IUS 804535. ARBITRIO JUDICIAL AL APRECIAR LOS HECHOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

ARBITRIO JUDICIAL AL APRECIAR LOS HECHOS.

La Suprema Corte ha sustentado el criterio de que "el empleo del arbitrio judicial en materia de apreciación de los hechos, sólo puede censurarse por el Juez del amparo cuando es manifiestamente abusivo o claramente contrario a las reglas de la lógica o a las máximas de la experiencia".

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Registro digital (IUS): 804535

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 386

Precedentes

Amparo civil directo 2808/48. Sears Roebuck de México, S. A. 19 de enero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804535 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804535 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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