FISCALES

Artículo IUS 804604. REVISION IMPROCEDENTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

REVISION IMPROCEDENTE.

Si el amparo pedido contra la Secretaría de Comunicaciones se sobresee por el Juez de Distrito aunque de personas que acuden al juicio de garantías a sabiendas de que son falsos los hechos que asientan en la demanda, especialmente en cuestiones surgidas con motivo de permisos de tránsito, y que debe imponerse sanciones a la quejosa por ser notorio lo inmotivado de la queja, atento lo dispuesto por el artículo 87 de la Ley de Amparo, y siendo el sobreseimiento favorable a la responsable, no afecta el fallo los actos reclamados ni la omisión en imponer la multa discrecional que pudiera haber sido procedente; por lo cual el recurso de revisión interpuesto debe desecharse.

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Registro digital (IUS): 804604

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1138

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 2590/54. Cantú viuda de Cantú Francisca. 6 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804604 del FISCALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804604 de la J. Fiscales SCJN?

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