FISCALES

Artículo IUS 804723. EXTRANJEROS, POSESION POR LOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocacivil,-administrativa

Texto Legal

EXTRANJEROS, POSESION POR LOS.

El hecho de que a un extranjero se le ponga en posesión de un inmueble, mediante un contrato de dación de pago, que se perfeccionará cuando dicho extranjero obtenga el permiso necesario para adquirir, no quiere decir que no pueda trasmitir los derechos de posesión que se le han dado, ya que él los tenía con ánimo dómini, independientemente de que tenga o no la propiedad, por falta de requisito del permiso, y en caso de una nulidad que pudiese afectar esa dación en pago, sólo puede ser intentada por el Ministerio Público por orden de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

---

Registro digital (IUS): 804723

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1759

Precedentes

Amparo civil directo 416/52. Curiel Enrique. 15 de marzo de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: José Castro Estrada. Engrose: Gabriel García Rojas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804723 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804723 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 804723 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 804723 FISCALES desde tu celular