FISCALES

Artículo IUS 804937. PROFESIONISTAS, REGISTRO DE SUS TITULOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocaadministrativa

Texto Legal

PROFESIONISTAS, REGISTRO DE SUS TITULOS.

Para poder ejercer una profesión, lo que la ley exige es el registro del título en la Dirección General de Profesiones, y no autoriza a suplirlo en forma alguna.

---

Registro digital (IUS): 804937

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 950

Precedentes

Amparo civil directo 2390/52. "Alvaro F. Pérez", Sucesores. 11 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Gabriel García rojas no votó por las razones expresadas en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804937 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804937 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 804937 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 804937 FISCALES desde tu celular