FISCALES

Artículo IUS 805018. SUSPENSION, PROCEDENCIA DE LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

SUSPENSION, PROCEDENCIA DE LA.

Si la suspensión del acto que el quejoso reclama, se traduciría simplemente en perjuicio de su colitigante, y este perjuicio puede ser reparado mediante la garantía que señale el Juez de Distrito, de acuerdo con las prevenciones contenidas en el artículo 125 de la Ley de Amparo, no hay motivo legal para negar al quejoso la suspensión que solicita.

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Registro digital (IUS): 805018

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 357

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8576/49. Saucedo Sánchez Sabina. 14 de enero de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805018 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805018 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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