FISCALES

Artículo IUS 805148. PERITO TERCERO EN DISCORDIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PERITO TERCERO EN DISCORDIA.

Debe estimarse que carece de valor el dictamen rendido por el perito tercero en discordia, si aparece fechado con anterioridad a la aceptación del cargo por dicho perito, lo que hace pensar que éste simplemente se adhirió al dictamen del perito de una de las partes, sin haberse enterado de los autos y de las pruebas rendidas.

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Registro digital (IUS): 805148

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 805

Precedentes

Amparo civil directo 4951/49. Alarcón María de Jesús. 25 de febrero de 1950 Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805148 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805148 de la J. Fiscales SCJN?

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