Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Siendo indispensable, para fundar el derecho de aquellos para impugnar la fracción IX, bis, del artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 67, bis, de su reglamento, así como su aplicación, la demostración del carácter con el que se ostentan, al no haberlo hecho y desconocerles la responsable ese carácter, se está en el caso de la causal prevista por la fracción V, del artículo 73, de la Ley de Amparo, lo cual obliga a revocar la concesión de la protección concedida y sobreseer.
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Registro digital (IUS): 805200
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 57
Amparo administrativo en revisión 3934/49. Compañía Maderera de Guerrero, S. A. 7 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Nicéforo Guerrero.Quinta Epoca:Tomo CX, página 605. Amparo administrativo en revisión 3875/49. "López Hermanos". 19 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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