Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar
Establecido que una persona tiene derecho a que otra le pague parte de la comisión que perciba por un seguro, durante el período de un año, las presunciones en que se haya fundado la procedencia de la acción, son valederas para fundar el pago de la comisión por todo el tiempo que permanezca en vigor el mencionado seguro.
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Registro digital (IUS): 805221
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 994
Amparo civil directo 6742/47. Vasconcelos Samuel. 31 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos en relación con el no sobreseimiento y por mayoría de tres votos, respecto al otorgamiento del amparo. Disidente: Rafael Matos Escobedo. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Felipe de J. Tena Ramírez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.4o.A.78 A (10a.). ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL "ACUERDO POR EL QUE SE ADOPTA EL ESTÁNDAR TECNOLÓGICO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE Y SE ESTABLECE LA POLÍTICA PARA LA TRANSICIÓN A LA TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE EN MÉXICO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 2 DE JULIO DE 2004". PREMISAS E IMPLICACIONES DE LA TRANSICIÓN DIGITAL CUYAS CONDICIONES ESTABLECE.
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Art. XI.1o.A.T.14 A (10a.). ADMINISTRACIONES PORTUARIAS INTEGRALES. CONSTITUIDAS COMO SOCIEDADES ANÓNIMAS DE CAPITAL VARIABLE, PUEDEN CELEBRAR CONTRATOS DE CESIÓN PARCIAL DE DERECHOS Y OBLIGACIONES PARA PRESTAR EN ALGUNA TERMINAL PORTUARIA LOS SERVICIOS COMO OPERADOR DE ÉSTA QUE SE MENCIONAN EN EL ARTÍCULO 44, FRACCIONES II Y III, DE LA LEY DE PUERTOS.
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