Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Las sociedades tienen interés jurídico para acudir al juicio de garantías, cuando reclaman las obligaciones que les impone la ley, de presentar manifestaciones y retener y enterar el impuesto del 8% sobre dividendos, que cubren a sus socios, o la validez o el monto de las liquidaciones formuladas para el pago de dicho impuesto; pero carecen de dicho interés cuando reclaman simplemente la devolución del impuesto pagado, por cuenta y a cargo de sus socios, así como el impuesto sobre dividendos.
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Registro digital (IUS): 805298
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 707
Amparo 4528/51. Fábrica de Clavos, S. A. 24 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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