Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Dentro de la premisa que establece el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, reformada por el decreto de trece de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete, tiene que reconocerse que están sujetas a dicha cédula, las empresas que explotan comercialmente bienes inmuebles, por medio de arrendamientos, sin que obste que estos contratos tengan carácter civil, desde el punto de vista del derecho impositivo, pues dadas las actividades a que dichas empresas se dedican, es claro que ellas hacen un lucro o explotación de orden comercial y que deben caer dentro del citado artículo, ya que mediante esos contratos, obtienen una fuente impositiva.
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Registro digital (IUS): 805297
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 647
Revisión fiscal 30/51. Secretaria de Hacienda y Crédito Público (Compañía Edificio de Luz y Fuerza, S. A.). 22 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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