Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
El artículo 13 constitucional garantiza únicamente la igualdad civil ante la ley, para evitar exorbitaciones y arbitrariedades de las autoridades para juzgar. Por tanto, no puede decirse que el tributo a cargo de determinadas actividades y sujetos fiscales, tenga el carácter de privativo y que contraríe el artículo 13 constitucional.
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Registro digital (IUS): 805321
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1653
Amparo 609/51. Mexican Fibre, S. A. 10 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Quinta Epoca:Tomo CVI, pág. 1863. Mexican Fibre Co., S.A. 24 de noviembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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