Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
La ley de ingresos que grava las factura de compraventa de primera mano de aguas gaseosas y minerales, producidas por fábricas establecidas fuera del Estado de Aguascalientes, es violatoria del artículo 117 constitucional, ya que establece un gravamen alcabalatorio indirecto.
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Registro digital (IUS): 805928
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1983
Amparo administrativo en revisión 2108/48. Guerra Eduardo L. 6 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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