FISCALES

Artículo IUS 806083. SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE.

Para que exista causa superveniente para revocar la suspensión concedida, debe tratarse de un hecho material acaecido con posterioridad, que cambie la situación creada por la resolución de suspensión y que pueda tenerse como tal, un elemento de prueba que no fue rendido oportunamente, por el tercer perjudicado.

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Registro digital (IUS): 806083

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1466

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2514/47. Doria Felipe. 7 de junio de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806083 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806083 de la J. Fiscales SCJN?

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