Tesis aislada · Sexta Época · Pleno
Como la Ley de Ingresos de la Federación para el año de 1957, solamente constituye un simple catálogo de impuestos, su constitucionalidad depende de las leyes tributarias especiales, por lo que si el impuesto que se reclama se ha considerado conforme a los principios de la Constitución Federal, dicha Ley de Ingresos no puede estimarse violatoria de derechos fundamentales.
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Registro digital (IUS): 806214
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLI, Primera Parte; Pág. 202
Amparo en revisión 7326/59. La Azteca, Compañía Mexicana de Seguros, S. A. 8 de noviembre de 1960. Mayoría de quince votos. Disidente: Octavio Mendoza González. Ponente: Franco Carreño.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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