Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Si las autoridades responsables, para preferir al tercer perjudicado en la promoción del grado inmediato, en detrimento del quejoso, atendieron únicamente al resultado de los exámenes en que ambos intervinieron, debe decirse que tal procedimiento no es el señalado por el artículo 2o. de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales; y si el agraviado ha demostrado encontrarse dentro de las prevenciones del citado precepto, debe concluirse que al no estar fundado en el ley el procedimiento por el cual fue postergado, puede concederle la protección federal.
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Registro digital (IUS): 806358
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2309
Amparo administrativo en revisión 6070/46. J. Nucamendi Godoy Manuel de. 14 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.6o.P. J/1 (10a.). DEMANDA DE AMPARO. EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY DE AMPARO, VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013, AL DISPONER QUE LOS ACTOS QUE SE HUBIERAN DICTADO O EMITIDO CON ANTERIORIDAD A ELLA Y QUE A SU ENTRADA EN VIGOR NO HUBIERE VENCIDO EL PLAZO PARA PRESENTARLA CONFORME A LA LEY ABROGADA, ES APLICABLE PARA LOS ACTOS QUE DE ACUERDO A ÉSTA CONTABAN CON UN TÉRMINO PARA EJERCER LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL, Y NO PARA AQUELLOS QUE CARECÍAN DE UNO FIJO Y PODÍAN IMPUGNARSE EN CUALQ
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Art. I.10o.A.6 A (10a.). ALCOHOLÍMETRO. EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL TIENE FACULTADES PARA ORDENAR, A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE CONTROL Y PREVENCIÓN CORRESPONDIENTE, LA DETENCIÓN DE CONDUCTORES DE VEHÍCULOS, A FIN DE QUE EL PERSONAL A SU CARGO LES PRACTIQUE LA PRUEBA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO Y, EN SU CASO, LOS DETENGA Y REMITA AL JUZGADO CÍVICO PARA QUE SE LES IMPONGA LA SANCIÓN A QUE HAYA LUGAR.
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