FISCALES

Artículo IUS 806358. MILITARES, PROCEDIMIENTOS PARA EL ASCENSO DE LOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

MILITARES, PROCEDIMIENTOS PARA EL ASCENSO DE LOS.

Si las autoridades responsables, para preferir al tercer perjudicado en la promoción del grado inmediato, en detrimento del quejoso, atendieron únicamente al resultado de los exámenes en que ambos intervinieron, debe decirse que tal procedimiento no es el señalado por el artículo 2o. de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales; y si el agraviado ha demostrado encontrarse dentro de las prevenciones del citado precepto, debe concluirse que al no estar fundado en el ley el procedimiento por el cual fue postergado, puede concederle la protección federal.

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Registro digital (IUS): 806358

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2309

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 6070/46. J. Nucamendi Godoy Manuel de. 14 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806358 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806358 de la J. Fiscales SCJN?

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