FISCALES

Artículo IUS 806646. INEJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO, INCIDENTE DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

INEJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO, INCIDENTE DE.

Si el titular de una secretaría de Estado, superior inmediato de la autoridad responsable, no atendió los requerimientos que le hizo el Juez de Distrito, debe decirse que como aquél tiene a su vez superior jerárquico, que es el ciudadano presidente de la República, es obvio que en debido acatamiento del artículo 105 de la Ley de Amparo, debió también requerirse al aludido jefe del Poder Ejecutivo, a fin de que éste hiciera cumplir sin demora la sentencia ejecutoriada de amparo, conforme al citado artículo 105. Y no habiendo agotado este último requerimiento el Juez de Distrito, es claro que carece de materia el incidente de inejecución del fallo mencionado.

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Registro digital (IUS): 806646

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1919

Precedentes

Incidente de inejecución 29/44. Sáenz Aguilar Francisco. 4 de junio de 1946. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806646 del FISCALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806646 de la J. Fiscales SCJN?

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