Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
El juicio subjetivo de la Secretaría de la Economía Nacional, para llegar a la conclusión de que una marca no debe registrarse, no puede ser revisado por el Juez Federal, si no queda demostrado que en la apreciación de los hechos se haya regido aquella autoridad, por normas distintas de las consignadas en la ley.
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Registro digital (IUS): 806926
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2124
Amparo administrativo en revisión 468/45. Lahoud John. 11 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Nicéforo Guerrero no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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