Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
El juzgador no está obligado siempre a seguir servilmente las conclusiones de los peritos, sino a conceder valor probatorio pleno a los dictámenes periciales cuando los peritos concuerden en las conclusiones de sus dictámenes, como sucede en el caso, en que los contadores públicos titulados designados por la Secretaría de Hacienda y por la quejosa, estuvieron de acuerdo en su dictamen.
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Registro digital (IUS): 807003
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1092
Amparo administrativo en revisión 6121/42. Realizadora Comercial, S.A. 13 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y relator: Octavio Mendoza González.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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