FISCALES

Artículo IUS 807145. INCOMPETENCIA DEL PLENO.

Tesis aislada · Séptima Época · Pleno

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Texto Legal

INCOMPETENCIA DEL PLENO.

Cuando la inconstitucionalidad de una ley no es planteada por el quejoso en el amparo sino que el Juez de Distrito la introduce oficiosamente en la sentencia, el Pleno de la Suprema Corte es incompetente para conocer del recurso de revisión.

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Registro digital (IUS): 807145

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 7a. Época; Pleno; Informes; Informe 1970, Parte I; Pág. 268

Precedentes

Amparo en revisión 7497/57. Alejandro García Sela Aguilar. 16 de julio de 1970. Unanimidad de 15 votos de los Ministros: Orozco Romero, del Río, Rebolledo, Rivera Silva, Burguete Farrera, Martínez Ulloa, Iñárritu, Azuela, Solís López, Canedo Aldrete, Salmorán de Tamayo, Yáñez Ruiz, Guerrero Martínez, Aguilar Alvarez y presidente: Guzmán Neyra. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.Amparo en revisión 5868/58. Armando Terrez Camargo. 3 de febrero de 1970. Unanimidad de 17 votos de los Ministros: Orozco Romero, del Río, Rebolledo, Rivera Silva, Huitrón, Rojina Villegas, Rivera Pérez Campos, Martínez Ulloa, Inárritu, Azuela, Solís López, Canedo Aldrete, Salmorán de Tamayo, Yáñez Ruiz, Guerrero Martínez, Aguilar Alvarez y presidente: Guzmán Neyra. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807145 del FISCALES?

Tesis aislada · Séptima Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807145 de la J. Fiscales SCJN?

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