Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Celebrado un contrato en el que se impone a favor de un Ayuntamiento, una cantidad, con obligación de pagar el cánon impuesto por la ley, la determinación de los derechos que sobre el predio tienen las partes en el juicio civil que se suscite por causa de ese contrato, es cuestión independiente del procedimiento económico-coactivo que siga eltesorero municipal, con objeto de embargar y rematar el mencionado predio, por falta de pago del cánon y, por tanto, ese procedimiento judicial no suspende los efectos del acuerdo que ordena que se aplique el mencionado procedimiento, por lo que no es improcedente el amparo que se intente contra él.
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Registro digital (IUS): 807441
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1346
Amparo administrativo en revisión 8926/44. Bedolla Joaquín y coagraviadas. 24 de enero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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