Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
La Primera Sala de la Suprema Corte acepta que la certificación notarial es un testimonio que la ley civil no rechaza, puesto que no prohibe a los notarios que certifiquen, con vista de las constancias existentes en los archivos judiciales, determinados hechos que obran en autos, y por otra parte, esa clase de certificaciones no es exclusiva de los secretarios de los tribunales.
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Registro digital (IUS): 807462
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4095
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7342/43. Balmori Tomás. 29 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. PC.XVIII. J/5 A (10a.). REFRENDO DE LOS DECRETOS PROMULGATORIOS DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MORELOS. LA REFORMA AL ARTÍCULO 76 DE LA CONSTITUCIÓN LOCAL NO GENERA UNA CONSTITUCIONALIDAD SOBREVENIDA DEL DECRETO NÚMERO QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD EL 17 DE NOVIEMBRE DE 1999, QUE SÓLO FUE REFRENDADO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO.
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Art. IUS 807464. TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, ORDEN DE BAJA DEFINITIVA DE LOS. ELEMENTOS QUE DEBE CONTENER LA DADA POR UNA DEPENDENCIA DEL ESTADO EN SU CARACTER DE AUTORIDAD.
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