FISCALES

Artículo IUS 807555. PETROLEOS MEXICANOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PETROLEOS MEXICANOS.

No es una dependencia de la administración pública federal, porque la ley relativa establece que no es más que una institución descentralizada, que obra como un particular, en relación con todos los derechos y obligaciones que le corresponden, y por lo mismo, está obligada a otorgar fianza para que se le conceda la suspensión en el amparo.

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Registro digital (IUS): 807555

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4813

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 487/44. "Petróleos Mexicanos". 4 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807555 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807555 de la J. Fiscales SCJN?

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