FISCALES

Artículo IUS 807563. PERSONALIDAD EN EL AMPARO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

PERSONALIDAD EN EL AMPARO.

Debe justificarse por quien promueve a nombre de otro, con la presentación de los documentos correspondientes, y por lo mismo, los Jueces Federales no están obligados a dar curso a una demanda cuando no se cumple con dicho requisito, aunque el promovente señale el tribunal o expediente en que se halle el documento respectivo, pues conforme a la ley, se entiende que tiene a su disposición ese documento, cuando puede obtenerlo directamente de las autoridades que lo tienen en su poder.

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Registro digital (IUS): 807563

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5094

Precedentes

Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que tuvo por no interpuesta la demanda 9604/41. Compañía Minera Eureka, S. A. 8 de marzo de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807563 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807563 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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