FISCALES

Artículo IUS 807683. PROFESIONES. EL ARTICULO 4o. DE LA CONSTITUCION FEDERAL NO OTORGA COMPETENCIA EXCLUSIVA A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS PARA QUE LEGISLEN EN MATERIA IMPOSITIVA.

Tesis aislada · Séptima Época · Pleno

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Texto Legal

PROFESIONES. EL ARTICULO 4o. DE LA CONSTITUCION FEDERAL NO OTORGA COMPETENCIA EXCLUSIVA A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS PARA QUE LEGISLEN EN MATERIA IMPOSITIVA.

El artículo 4o. constitucional previene en su parte final que la ley determinará en cada Estado las profesiones que necesitan título para ejercicio, las condiciones que deban satisfacerse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo; lo cual no autoriza a concluir que exclusivamente las entidades federativas tengan facultad para establecer impuestos en relación con el ejercicio de las profesiones, porque claramente el precepto constitucional indica qué materias de las constitutivas del estatuto de los profesionistas son de la competencia de las entidades federativas y no menciona en absoluto la materia tributaria. Las únicas facultades concedidas a las entidades federativas son: a) Para determinar cuales son las profesiones que necesitan título para su ejercicio; b) Las condiciones que deban satisfacerse para obtenerlo y c) Las autoridades que han de expedirlo.

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Registro digital (IUS): 807683

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 7a. Época; Pleno; Informes; Informe 1969; Pág. 206

Precedentes

Amparo en revisión 3368/65. Salvador Dámaso Zamudio Salas. 26 de junio de 1969. Unanimidad de dieciocho votos de los Ministros Orozco Romero, Del Río, Rebolledo, Tena Ramírez, Burguete Farrera, Huitrón, Rivera Pérez Campos, Martínez Ulloa, Iñárritu, Azuela, Solís López, Canedo, Salmorán de Tamayo, Yáñez Ruiz, Ramírez Vázquez, Guerrero Martínez, Angel Carvajal y presidente Guzmán Neyra. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807683 del FISCALES?

Tesis aislada · Séptima Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807683 de la J. Fiscales SCJN?

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