FISCALES

Artículo IUS 807901. TESTIGOS, DECLARACION DE LOS, EN SUS DOMICILIOS, POR CAUSA DE ENFERMEDAD.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

TESTIGOS, DECLARACION DE LOS, EN SUS DOMICILIOS, POR CAUSA DE ENFERMEDAD.

Si por encontrarse enfermo el testigo ofrecido por el quejoso, éste pidió que la diligencia se practicara en el domicilio de aquél, de conformidad con el artículo 358 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, y el Juez se negó a dicha petición, por no haber sido ratificado el certificado médico exhibido por el quejoso, debe estimarse que el proceder de la autoridad judicial fue correcto, si la firma que calza el certificado exhibido es ilegible, aunque el nombre del médico conste en un papel con membrete, pues en el caso era necesario la ratificación del certificado.

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Registro digital (IUS): 807901

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 318

Precedentes

Amparo civil directo 5499/42. Díaz Ana María. 6 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807901 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807901 de la J. Fiscales SCJN?

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