FISCALES

Artículo IUS 807983. PLANIFICACION DE FINCAS (LEGISLACION DE OAXACA).

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocaadministrativa

Texto Legal

PLANIFICACION DE FINCAS (LEGISLACION DE OAXACA).

Del texto del artículo 10 de la Ley del Catastro, que rige en el Estado de Oaxaca, se deduce que los propietarios afectados, deberán recabar, por su exclusiva cuenta, los planos y documentos relativos a inmuebles rústicos urbanos que faciliten su identificación y expliquen la traslación de dominio, y solamente en caso de que no lo hagan así, será la Dirección del Catastro la que iniciará labores para recopilar oficialmente dichos datos, y es errónea la estimación que se haga, en el sentido de que para que el propietario de un inmueble, esté en condiciones de presentar determinado plano, la Dirección del Catastro debe proporcionarlo, ya que tal estimación es contraria a la prevención del citado artículo 10.

---

Registro digital (IUS): 807983

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3063

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 6326/42. Martínez Antonio. 4 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807983 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807983 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 807983 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 807983 FISCALES desde tu celular