FISCALES

Artículo IUS 808111. PERJUICIO BASE DE LA SUSPENSION.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PERJUICIO BASE DE LA SUSPENSION.

Si el quejoso alega que el embargo decretado contra otra persona, en un juicio al que es extraño, perjudica sus intereses, este perjuicio no deriva directamente de la ejecución del acto, ni puede apreciarse si en realidad lo hay, si se ha declarado que el quejoso no es parte para intervenir con el carácter de opositor; por lo mismo, no se satisface el requisito de la fracción III del artículo 124 de la Ley de Amparo.

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Registro digital (IUS): 808111

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 430

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3453/43. 3 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808111 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808111 de la J. Fiscales SCJN?

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